Finalmente no habrá cambios en la edad, pero queda supeditado al gobierno nacional. De aprobarse, habrá modificaciones en el sector docente y policial.

 

Este miércoles ingresó a la Legislatura provincial el proyecto de reforma jubilatoria de empleados y funcionarios públicos. El texto consta de 53 artículos que se debatirán primeramente en el Senado.

 

El mensaje busca sancionar una «emergencia del régimen previsional de los empleados públicos y funcionarios de la Provincia de Santa Fe» por dos años, con posibilidad de extenderse por dos años más. Mientras dure la emergencia, se establecen «aportes solidarios» para activos y pasivos, siguiendo una escala de progresividad desde aquellos haberes que superen dos jubilaciones mínimas, esto es aproximadamente $700.000.

 

De aprobarse la redacción actual, se recortará durante 36 meses un 2,77 % del salario neto de funcionarios, legisladores, autoridades superiores, integrantes de la Corte, magistrados, fiscales, defensores, vocales del tribunal de cuentas, Defensoría del Pueblo y personal de conducción superior de empresas descentralizadas.

 

El proyecto pone un tope a los haberes máximos en el monto correspondiente a veinte jubilaciones mínimas, que a valores actuales serían poco más de siete millones de pesos. En los fundamentos del texto se da cuenta que, actualmente, hay casos de jubilaciones cuyos montos alcanzan las 32 jubilaciones mínimas. El recorte sería de aproximadamente cuatro millones de pesos.

 

Edad jubilatoria

 

La presentación de la iniciativa se aletargó más de una semana y, según trascendidos, el tema que generaba discusiones internas era la suba de la edad jubilatoria que finalmente no fue parte del texto que entró a la Cámara Alta. De esta manera, la edad jubilatoria continúa siendo de 65 años para los hombres y 60 años. Sin embargo, mediante el artículo 49, se estipula que «en caso de que el Estado Nacional aumente las edades para acceder a los beneficios jubilatorios […], se habilita al Poder Ejecutivo a incrementarlas hasta llegar a las mismas edades».

 

El texto también estipula, en su artículo 11, que «se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios mínimos requeridos, a razón de dos (2) años de excedente por uno (1) de servicios faltantes», pero que «en ningún caso se podrá utilizar este excedente para incrementar el haber”.

 

Regímenes especiales

 

La iniciativa prevé cambios en los regímenes especiales de docentes y el personal policial. En el caso de los primeros, tanto para maestros como el personal directivo, la edad se mantiene en 57 años. Sin embargo será para acceder al 76% del haber jubilatorio, sumando 2% de forma progresiva en la mejora de la liquidación jubilatoria por cada año de trabajo. De esta manera, se llegará a cobrar el 82 % con la edad de 60 años.

 

En cuanto al régimen policial, habrá cambios en la edad de retiro ya que no se permitirá el pase a retiro a los 25 años de servicio, sino que deberá ser -como mínimo- a los 30 años con haberes jubilatorios progresivos hasta el 85 % del cómputo, pero con retiros a los 35 años de servicio activo.

 

En ese mismo sector se equiparará a quienes que no cumplen funciones de seguridad al régimen de la administración central.