Luego de buscarlo durante meses, detuvieron ayer a quien indican como proveedor de cocaína que se distribuía y vendía en Reconquista informó el juez federal de Reconquista, Dr. Aldo Alurralde.
Rodrigo Nicolás Rozeck, DNI 38.982.385, tiene 22 años de edad. Fue detenido este 26 de julio de 2017 en la Ciudad de Santa Fe. Tenía pedido de captura nacional e internacional.
«Gendarmería hizo tareas de inteligencia, hay que destacar la tarea que han realizado, ordené orden de allanamiento para un domicilio de Santa Fe Capital y fue detenido Rodrigo Nicolás Rozeck, uno de los proveedores de droga en Reconquista. Se suma que en el domicilio que estaba viviendo secuestraron 220 gramos de cocaína, un revólver calibre 22 con 8 municiones, $50.000.-, 8 celulares, cámaras digitales, chips y documentación», informó el Dr. Aldo Alurralde, juez federal de la ciudad de Reconquista.
Cuando habían allanado la casa de Rozeck en la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, en su domicilio le incautaron 789 gramos de cocaína, 11 gramos de marihuana, 3 celulares, 2 GPS, 1 balanza de precisión, 1 licuadora y se encontró una camioneta Marca Toyota Hilux que se encuentra también secuestrada.
Con Rozeck son 13 los detenidos por el negocio de venta y distribución de cocaína en Reconquista. 12 ya procesados. Rozeck será trasladado el viernes a Reconquista para la indagatoria.
EL RESTO, TODOS YA PROCESADOS
Mediante resolución deL 26 de Junio de 2.017, el Juez Federal de Reconquista, Dr. Aldo Mario Alurralde dispuso el procesamiento de 12 personas. 11 de ellas con prisión preventiva.
Los procesados en resolución del Juez de Primera Instancia, son:
1º) CLAUDIO IVAN CABRERA, Alias «PRIMO»; argentino, mayor de edad, domiciliado en la a localidad de La Gallareta, Provincia de Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como autor del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
2º) MARCELO ADRIAN FERREIRA; alias «TOTO», , argentino, mayor de edad en la localidad de la Gallareta, Provincia de Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión – Al partícipe necesario se le aplica la misma pena que al autor del delito.
3º) ROBERTO DAMIANO GALARZA; argentino, mayor de edad, domiciliado en barrio Chapero de la ciudad de Reconquista, provincia Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
4º) MERCEDES ITATÍ NUÑEZ; argentina, mayor de edad, instruida, domiciliada en Barrio Chapero, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe. Procesada con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- el art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión
5º) MICHEL ALEXIS GALARZA; argentino, mayor de edad, instruido, domiciliado en barrio Chapero de la ciudad de Reconquista, provincia Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como autor del delito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para ello (art. 5° inc. c) de la Ley N° 23.737 en función del art. 11 inc. c) de la misma ley).
6º) ELENA NOEMI VICENTIN, Alias «FLACA»; argentina, instruida, mayor de edad, domiciliada en Barrio Velódromo de la ciudad de Reconquista (Santa Fe); Procesada con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- el art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
7º) MARTÍN ROSSETTI, Alias «FLACO» o «FLA»;, argentino, mayor de edad, instruido, domiciliado en barrio Lorenzón, de la ciudad de Reconquista, provincia Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
8º) ORESTE OSCAR BERNARDIS; alias «GARECA»;, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
9º) JONATAN EZEQUIEL MONTENEGRO alias «RAILI»; argentino, mayor de edad, domiciliado en Barrio Asunción de esta ciudad de Reconquista (Santa Fe). Procesado con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
10º) FRANCO MAXIMILIANO POLO, argentino, mayor de edad, instruido, domiciliado realmente en Barrio Itati de la localidad de la Gallareta, Provincia de Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
11º) EMILIANO FRANCISCO SEGOVIA; alias «TORTA», argentino, mayor de edad, instruido, domiciliado en Barrio Belgrano de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe. Procesado con prisión preventiva como partícipe necesario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena agravada de 8 a 20 años de prisión.
12º) JUAN JOSÉ SEGOVIA; alias «PINI, argentino, mayor de edad, instruido, domiciliado en Barrio Belgrano de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe. Procesado sin prisión preventiva como partícipe secundario del delito de organización y financiamiento del transporte, comercio y distribución de estupefacientes- art. 7º de la Ley 23.737 que prevé una pena menor, excarcelable, en virtud de su participación no esencial. El principal investigado era su hermano Emiliano Francisco Segovia.
Lo característico de la causa es que por su complejidad trabajaron conjuntamente en una misma investigación Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina. La misma incluye filmaciones, fotos y multiples escuchas telefónicas, culminando con una serie de allanamientos producidos el 2 de abril de 2017.
En su procesamiento el magistrado Aldo Mario Alurralde sostuvo que: «A través de las sucesivas investigaciones (similares a ésta) se ha advertido que organizaciones de este tipo han ido evolucionando en el sentido de lograr dificultar las investigaciones. Se advierte con llamativa frecuencia que uno de los miembros del grupo previamente coordinado con quienes efectúan la conducción de la organización es quien se arriesga a transportar y/o acopiar el estupefaciente, luego y en forma inmediata, el mismo está siendo esperado por otros miembros de la banda que rápidamente se hacen cargo, tomando para sí una parte de ese material y prácticamente de inmediato lo redistribuyen hacia otros revendedores y/o vendedores barriales de modo tal que logran disminuir a la mínima expresión la permanencia en custodia directa con el estupefaciente sin perder de vista que desde antes de que se encuentre en poder del grupo ya tenían prácticamente la disposición material y la siguen teniendo aún cuando esté en poder de los distribuidores finales que llegan hacia los últimos consumidores. Que en definitiva toda la estructura delictiva trabaja en forma mancomunada con un mismo objetivo que es hacerse del estupefaciente, distribuirlo y no ser detectado por la fuerza de investigación.
Que en el presente caso, producto de una ardua investigación, pudo saberse que uno de los imputados (Claudio Cabrera) habría financiado y dispuesto la compra de estupefacientes en la ciudad de Santo Tomé –Pcia de Santa Fe- a una persona actualmente prófuga (Rodrigo Rozeck) para proveer a la organización narcocriminal (restantes coimputados) atento a que se le habían agotado la existencia de estupefaciente para la venta y para ello encomendó el viaje a la familia Galarza- Nuñez razón por la cual la efectivización de los allanamientos y detenciones se supeditó a que se produzca el viaje con el cargamento de estupefacientes desde la ciudad de Santa Fe, lo cual sería detectado a través de las escuchas directas de los investigados.
Es así que en fecha 2 de Abril de 2017 la prevención tomó conocimiento que Michel Alexis Galarza estaría viajando hacia la ciudad de Reconquista transportando una valija o maleta con estupefaciente a bordo de un ómnibus de la empresa El Norte Bis, interno 1145 con arribo a destino a las doce horas con veinte minutos. En tal circunstancia se advierte que el ómnibus referenciado ingresa al casco urbano de la ciudad de Reconquista, observando que enciende la baliza para estacionar al costado del Bulevar Hipolito Yrigoyen, entre calles Jorge Newbery y Pueyrredon, observando que del mismo desciende el encartado, quien se dirigió hacia el compartimiento donde se depositan los equipajes -baulera- del medio de transporte y luego de mostrar el ticket que acreditaba que una valija de color negra era de su propiedad, la misma le fue entregada, observando que Michel Galarza se dirigió a abordar un remís que se encontraba estacionado en calle Newbery casi Yrigoyen, y al percatarse el encartado de la presencia policial ya que se encontraban con chalecos identificables intenta huir arrojando la valija, por lo que fue reducido. Previa convocatoria de testigos se procedió a aperturar la valija notando que contaba con varias prendas de vestir; extraídas las mismas, se nota que el contorno interno de la valija se encontraba recubierto con una funda de color gris con gráficos negros y con cierre en todo su alrededor. Al abrir dicho cierre se observa a simple vista, sobre el piso interno de la valija un cartón marrón que formaba un sobre-piso y sobre la misma esparcido un polvo de color blanco. Al sacar el cartón, en su reverso se divisó una bolsa de plástico blanca, con gran cantidad de polvo de dicho color, adherida a dicho cartón con cinta de embalar transparente. Una vez extraída se observó disperso por todo el piso interno de la valija un polvo de color blanco por lo que procede a realizar la correspondiente pericia técnica resultando ser Clorhidrato de Cocaína con un peso de 678,9 gramos (prueba orientativa de campo). Dicho estupefaciente se encontraba inequívocamente a proveer a la organización narcocriminal que, como surge de la investigación, a esa época carecían de stock del mismo».
Fuente: Sin Mordaza