La Administración Provincial de Impuestos (API) recordó que en diciembre en curso, entró en vigencia el impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación que tengan su fondeadero, amarre o guardería habitual dentro de la provincia de Santa Fe y cuya valuación supere los 80 mil pesos.
De acuerdo a la resolución general N° 024/2013, los propietarios de las embarcaciones alcanzadas por el impuesto tendrán tiempo de inscribirse hasta el 20 de diciembre, y deberán abonar la primera cuota –de las dos cuotas anuales correspondientes al ejercicio 2013– el 27 de ese mes. El cronograma establece una segunda cuota con vencimiento el día 27 de enero de 2014.
La inscripción del bien se realizará a través de la aplicación informática que estará disponible en el portal web de la provincia (www.santafe.gov.ar/api), trámite Registro Provincial de Embarcaciones Deportivas o de Recreación.
ACERCA DEL IMPUESTO
La base imponible del impuesto estará conformada por el valor venal que recibe la embarcación en la contratación del seguro de riesgo de la misma, o la que se le asignaría en dicha contratación si ésta no existiera. En los casos en que no sea posible contar con dicha información o esta resulte desactualizada, será aplicable, lo determinado por la Administración Provincial de Impuestos a través de la resolución mencionada.
Los propietarios de las embarcaciones una vez que realizaron la declaración de inscripción a través del sistema informático habilitado en la página web, deberán presentarse con la documentación dispuesta en la resolución general Nº 24/13 –API- ante el municipio o comuna correspondiente al domicilio del titular de la embarcación para concluir el trámite y obtener la Cédula de Identificación de la Embarcación Deportiva o de Recreación.