Darío Vega: “Queremos salvaguardar a las instituciones deportivas de nuestra provincia”
Así se expresó el diputado del bloque 100% Santafesino al término de la reunión que mantuvo con funcionarios provinciales y legisladores con el objeto de consensuar un proyecto común para evitar embargos de muebles e inmuebles de las instituciones deportivas sin fines de lucro de la provincia de Santa Fe.
Darío Vega fue convocado –como autor de un proyecto de ley que convierte en inembargables los bienes de clubes e instituciones deportivas- a una reunión con el vicegobernador Jorge Henn, el senador por el departamento San Justo Rodrigo Borlla , el Subsecretario de Desarrollo Deportivo de la provincia Carlos Iparraguirre y el presidente de la Cámara de Diputados Luis Rubeo.
La misma se llevó a cabo a fin de unificar criterios y redactar un proyecto en conjunto que pueda ser tratado en el presente año legislativo, ya que desde el senado y desde el ejecutivo provincial se llevaron adelante proyectos de similares características al presentado hace varios meses por el bloque 100% Santafesino en la legislatura provincial.
Al término del encuentro Vega explicó : “consideramos de imperiosa necesidad proteger y defender el patrimonio de las entidades deportivas ya que en el mismo se asienta la vida institucional de sus socios y de gran parte de la comunidad barrial y ciudadana. Es por eso que asistimos a esta reunión para poder salvaguardar los intereses de muchas de nuestras instituciones deportivas que por problemas económicos y financieros se encuentran al borde de la desaparición.”
El proyecto presentado por 100% Santafesino
En el texto del proyecto de ley presentado el año pasado por los diputados de 100% Santafesino se establece que a partir de su promulgación “se declararán inembargables e inejecutables los bienes muebles e inmuebles afectados a fines deportivos y /o recreativos y/o culturales y/o sociales que sean propiedad de clubes deportivos y/o sociales sin fines de lucro. Los clubes beneficiarios deberán acreditar cinco años de existencia al momento de la promulgación de esta ley y ser asociaciones civiles sin fines de lucro con personería jurídica certificada por la Fiscalía de Estado.”
Además especifica que las entidades deportivas comprendidas en esta ley, “sólo serán susceptibles de medidas cautelares y/o ejecuciones hasta un máximo total del veinte por ciento (20%) de sus ingresos y no podrá trabarse embargos sobre los subsidios de las entidades oficiales, que con fines deportivos reciban estas instituciones”. También detalla que “quedan sin efecto las subastas, embargos y ejecuciones en curso al igual que aquellas que se encuentren ordenadas a la fecha de promulgación de la presente ley contra los bienes y entidades.