El Concejo Deliberante, por intermedio de la Comisión de Calidad de Vida, resolvió enviar una Resolución al Centro Industrial y Comercial de Reconquista.

 

Lo hicieron proponiendo a los comercios asociados a la venta de alimentos naturales, supermercados e hipermercados, dispongan de un lugar especial y claramente distinguido para la exhibición de alimentos «sin gluten» de trigo, avena, cebada o centeno.

 

Asimismo se recomienda la instalación de un cartel con la leyenda «Productos sin gluten y el símbolo internacional para que las personas que padezcan de celiaquía accedan a esta información de manera inmediata. Además, se solicita a aquellos comercios que no vendan alimentos aptos para celiacos, se disponga en el ingreso del mismo, de modo perfectamente distinguible, el símbolo internacional de productos «sin gluten» para enfermos celiacos cruzado por dos rayas oblicuas, con la leyenda «Aquí no se venden alimentos sin gluten».

 

La Ley Nacional Nº 26.588 declara de interés la atención médica, investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celiaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten. Dicha Ley contempla los pilares propuestos por el grupo de celiacos promotor de la ley celiaca nacional, los cuales consisten en: el rotulado seguro de todos los productos de consumo humano; la detección y control de la enfermedad celiaca; la incorporación del diagnóstico y tratamiento de la Enfermedad Celiaca al Plan Médico Obligatorio y la Educación, concientización y difusión de la problemática celiaca. El acceso a la información sobre productos sin gluten contiene una importancia vital para las personas que padecen esta enfermedad.